Los mismos derechos para todos (+audio)

¿Constituye la seropositividad una limitante para ejercer una profesión o realizar cualquier oficio?
El virus de inmunodeficiencia humana aún provoca polémicas en el entorno artemiseño. El desarrollo adecuado de las personas con VIH y su inserción en la sociedad en ocasiones resulta limitado debido a conceptos erróneos, a la falta de conocimientos por parte de la población general, y a la ineptitud de directivos u otros funcionarios.

Carla tiene VIH desde hace tres años. Busca trabajo y siempre la rechazan con la justificación de que en la oficina territorial de trabajo y seguridad social no aceptan que se desempeñe como elaboradora de alimentos, ni siquiera ayudando en paladares, “ahí mucho menos”, resaltó.
Roniel no es su nombre verdadero. Vive con VIH y por ello prefiere mantener su identidad en incógnito. Radica en la misma ciudad de Artemisa, lugar donde una vez quiso abrir una cafetería con su padre. Su solicitud no fue aceptada por la directora del órgano municipal del trabajo, y al igual que a Carla, tampoco le permiten trabajar en nada relacionado con la manipulación de alimentos. En sus declaraciones alegó que así también se lo han informado los inspectores de salud pública.
Por su parte, Aida Pérez Chil, directora municipal del órgano de Trabajo y Seguridad Social, aseveró por vía telefónica, que NO se puede emplear a quienes viven con VIH en ninguna actividad relacionada con la elaboración de alimentos. Argumentación que sustentó con supuestas indicaciones ministeriales y otras orientaciones recibidas en reuniones.
Pero, ¿puede alguien con VIH manipular alimentos?, ¿son estas personas aceptadas para trabajar en establecimientos gastronómicos o instituciones de salud?, ¿existe algún documento legal que excluya a las personas que viven con VIH a ejercer profesiones u oficios tanto en el sector estatal como en el no estatal?, ¿qué sucede cuando un inspector percibe seropositividad en uno de los exámenes que exige el chequeo pre-empleo?
A estas interrogantes Lixgiana Álvarez Rodríguez, jefa del departamento de empleo en el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social (MTSS), responde que “de manera general nada limita a una persona con VIH a ejercer cualquier empleo. Todos tenemos el mismo derecho a acceder a un puesto de trabajo acorde a su calificación dentro de las posibilidades de empleo de cada territorio y de acuerdo a la disposición vigente que rige en la Ley 116 del Código de Trabajo. No existen limitantes para que las personas con VIH se desempeñen según sus posibilidades. Tampoco incluye examen de VIH la Licencia Sanitaria –otorgada por el Ministerio de Salud Pública- que exige el chequeo preempleo”.
En la capital artemiseña existen más de cuatrocientos cuentapropistas que desarrollan actividades relacionadas con la elaboración y venta de alimentos. Ninguno de ellos es seropositivo debido al malentendido que aún prevalece.
Por su parte, la funcionaria Pérez Chil ejemplificó que cualquier cortadura del infectado en el momento de preparar alimentos o interactuar con los públicos pudiera perjudicar a los clientes. Ante otras interrogantes se negó a ofrecer declaraciones para esclarecer sus anteriores planteamientos.
Ante estos inhumanos conceptos, favorecedores de la discriminación, el doctor Iván Coma Coronas, jefe de Sección de Enfermedades Transmisibles en la provincia de Artemisa emitió su criterio, válido para quienes dudan y aún desconocen sobre el tema.
“La compañera Pérez Chil está en un error -opinó el especialista-, ya que las personas que viven con VIH no tienen ningún impedimento, ni siquiera en el caso de que tengan una cortada, pues el alimento con el que haya tenido contacto debe ser desechado. En un paciente normal no se conoce su estado serológico, no se sabe si tiene hepatitis B, C, o cualquier tipo de ITS transmisible a través de la sangre o derivado de la misma. El virus de inmunodeficiencia muere una vez que las partículas de sangre estén en contacto con el exterior, en un intervalo de 3 a 5 minutos.
“A cada paciente que quiera ejercer como elaborador de alimentos se le hace un chequeo previo desde el punto de vista higiénico sanitario. A ninguna persona que viva con VIH se le impide manipular alimentos. El impedimento solo existe para aquellas personas con enfermedades infecto contagiosas, fundamentalmente relacionadas con la piel”.-concluyó el especialista.
En la actualidad el VIH es catalogado como una enfermedad crónica y no es impedimento para que las personas que lo padezcan desarrollen una vida normal en sociedad. Así mismo, criterios negativos que prevalecen deberían caducar.
El Programa Nacional de Prevención y Control de las ITS-VIH/sida, expresa que en el mundo laboral existen varias resoluciones para amparar a las personas con esta enfermedad, las cuales dejan bien claro que la seropositividad en sí misma no constituye una limitante para ejercer una profesión u oficio. Por lo que los artemiseños no deben estar ajenos ni sentirse excluidos o maltratados.
La funcionaria del MTSS Lixgiana Álvarez Rodríguez aseguró que la política de empleo se basa en el reconocimiento pleno de los derechos de cualquier persona y no excluye a quienes viven con VIH acceder a cualquier puesto de trabajo. De hecho,“pretendemos que esas personas aporten a la sociedad en función del mejoramiento de la economía del país”.
Además confirma que en esa institución rectora desconocían la situación existente en Artemisa. Asumir una actitud discriminatoria con estas personas cuestionaría el desempeño de los directivos territoriales, quienes ignoran aquellos artículos de la Constitución de la República referidos a “los derechos del hombre y la mujer en condiciones laborales”.
A pesar de que no se ha descubierto la cura para prevenir la infección por este virus, en Cuba las personas que viven con VIH tienen derecho a disfrutar de una vida saludable y útil.